
La figura del garante físico en el alquiler
En el contexto actual del mercado inmobiliario en Argentina, uno de los temas más debatidos es la obligatoriedad de presentar un garante físico para acceder a un alquiler. Esta exigencia, que históricamente ha sido una constante en los contratos de locación, plantea interrogantes sobre su necesidad y su impacto en la búsqueda de vivienda.
¿Qué dice la ley sobre el garante?
Según la Ley de Alquileres, que entró en vigencia en 2020, no existe una obligación explícita que indique que los inquilinos deban contar con un garante físico para acceder a un alquiler. Sin embargo, muchas inmobiliarias y propietarios aún mantienen esta práctica, argumentando que es una forma de asegurar el pago del alquiler y proteger su inversión.
Desafíos para los inquilinos
La exigencia de un garante físico puede ser un obstáculo significativo para muchos inquilinos, especialmente aquellos que son jóvenes, estudiantes o recién llegados a una ciudad. Estos sectores a menudo no cuentan con la posibilidad de presentar un garante, lo que limita sus opciones y, en muchos casos, los empuja a recurrir a alternativas más costosas o menos seguras.
Alternativas al garante físico
Existen opciones que pueden servir como alternativa a la figura del garante físico. Por ejemplo, algunos propietarios están abiertos a aceptar seguros de alquiler o depósitos en garantía, lo que puede resultar en una solución más accesible para los inquilinos. Además, se están fomentando iniciativas legislativas que buscan flexibilizar los requisitos de alquiler, lo que podría beneficiar a quienes buscan una vivienda.
El futuro de los alquileres en Argentina
La discusión sobre la obligatoriedad del garante físico está en curso y, con un panorama legal que sigue evolucionando, es posible que veamos cambios significativos en los próximos años. La búsqueda de equilibrio entre la protección del propietario y el acceso a la vivienda para los inquilinos es un desafío que requiere atención y diálogo.
En conclusión, aunque la exigencia de un garante físico sigue siendo común, no es una obligación legal. Los inquilinos deben estar informados de sus derechos y explorar las alternativas que puedan facilitar su acceso a una propiedad en alquiler.
Fuente: LA NACION